sabes qué porcentajes retener a los contribuyentes del Régimen Simplificado para Emprendedores y Negocios Populares RIMPE?

Cuando se realiza una compra de un bien o adquisición  de un servicio a  personas naturales que  están categorizados como Rimpe Negocios Populares no se les debe realizar ningún tipo de retención debido a que estos contribuyentes emiten notas de ventas y por ende tampoco desglosan IVA.

Mientras que cuando se  realiza una compra de un bien o adquisición de un servicio a una persona natural o empresa categorizado como régimen Rimpe Emprededores, se les debe realizar retención del 1% en la fuente y el 30% del Iva si es un bien o el 70% si están vendiendo un  servicio.

 

Estas retenciones son aplicable siempre y cuando la emisión de la factura o nota de venta, NO sea por actividades excluidas del RIMPE.

 

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